Los precios discriminatorios y la Ley Robinson-Patman: Breves antecedentes y análisis

La Ley y algunas cuestiones que plantea

La Ley Robinson-Patman (R-P) (15 U.S.C. §§13, 13a, 13b, 21a) se promulgó en 1936 con el propósito específico de crear y mantener un ambiente de mercado en el que las pequeñas empresas pudieran competir eficazmente, al menos en la compra de productos básicos, con sus rivales más grandes. El impulso inmediato para esta legislación de la época de la Depresión fue la preocupación de los pequeños operadores de tiendas de comestibles que se quejaban de que sus negocios estaban sufriendo como resultado directo de las actividades de las cadenas de tiendas de comestibles en general y de la Great Atlantic & Pacific Tea Company (A&P) en particular. En la parte pertinente, la ley establece que

será ilegal que cualquier persona que se dedique al comercio, en el curso de dicho comercio, ya sea directa o indirectamente, discrimine en el precio entre diferentes compradores de productos básicos de grado y calidad similares, cuando una o cualquiera de las compras involucradas en dicha discriminación sean en el comercio, cuando dichos productos se vendan para su uso, consumo o venta dentro de los Estados Unidos …., y cuando el efecto de dicha discriminación pueda disminuir sustancialmente la competencia o tender a crear un monopolio en cualquier línea de comercio, o perjudicar, destruir o impedir la competencia con cualquier persona que conceda o reciba a sabiendas el beneficio de dicha discriminación, o con los clientes de cualquiera de ellos.1

Como se señala en un artículo de 1986, «por primera vez en el marco de las leyes federales antimonopolio, el Congreso declaró que estaba promulgando una legislación para remediar el daño a los competidores en lugar de un daño generalizado a la propia competencia».2

De forma muy sencilla, la ley prohíbe a los vendedores en el comercio interestatal3 cobrar a diferentes compradores diferentes precios por bienes de «grado y calidad similares».4 Sólo se aplica a la venta de bienes (es decir, no se aplica a la venta de servicios)5 y sólo cuando cada venta es de bienes comprados para su reventa dentro de los Estados Unidos (es decir, no prohíbe las diferencias de precios entre los bienes vendidos para su reventa dentro de los Estados Unidos y los vendidos para su exportación).6

Desde su promulgación en 1936, la Ley Robinson-Patman ha sido vista con poco entusiasmo por el Departamento de Justicia, que cree que la ley no es beneficiosa para los consumidores. 7 En su informe de 1977 sobre la Ley Robinson-Patman, la División Antimonopolio señaló que

No debería sorprender… que se pueda demostrar que Robinson-Patman tiene muchos efectos adversos en la economía. Sin duda, hay quienes no reconocen estos efectos o argumentan que se ven compensados por los beneficios para sectores específicos de la economía, especialmente las pequeñas empresas; para la competencia, al impedir el aumento de la concentración en una línea de comercio; y para los valores públicos en general, al establecer como norma legal el concepto de «trato justo» en la fijación de precios. Pero cualquier discusión sobre los beneficios de Robinson-Patman sólo puede hacerse con una clara comprensión de las cargas que la ley impone a la actividad económica estadounidense.8

La aplicación de la ley por parte del gobierno, por lo tanto, siempre se ha confiado a la Comisión Federal de Comercio (FTC), que a lo largo de los años ha actuado de manera inconsistente con respecto a las acciones R-P. La mayor parte de los casos de R-P han sido presentados por compradores desfavorecidos.9

Otras defensas ante las impugnaciones de Robinson-Patman

Cumplir con la competencia

Además de las justificaciones de las diferencias de precios para productos que no son de «grado y calidad similares» y de las ventas para la exportación, una defensa adicional y afirmativa que se permite para refutar la ilegalidad de Robinson-Patman de la fijación de precios diferenciales es la llamada defensa de «cumplir con la competencia», que tiene al menos dos niveles: el demandado puede afirmar (y debe probar) que el precio más bajo cobrado a un comprador favorecido fue seleccionado para permitir al vendedor satisfacer el de un vendedor competidor (competencia de línea primaria); o puede afirmar (y debe probar) que el precio impugnado era necesario para permitir a su comprador satisfacer la competencia de uno de los competidores del comprador (competencia de línea secundaria).10 Un vendedor no puede, sin embargo, «batir» a sabiendas los precios de un competidor.11 Un acusado de Robinson-Patman también puede defender con éxito su actividad de fijación de precios impugnada si puede demostrar que sus diferencias de precios estaban «justificadas por los costes», es decir, que la diferencia de precios sólo tenía en cuenta los costes incurridos en la producción o la entrega de los bienes.12

La exención de las organizaciones sin ánimo de lucro

Hay otra defensa para una alegación de diferencias de precios ilegales en virtud de la Ley Robinson-Patman. La Ley de Instituciones sin Fines de Lucro de 1938 (15 U.S.C. §13c), que permite expresamente las reducciones de precios en «las compras de sus suministros para su propio uso por parte de escuelas, colegios, universidades, bibliotecas públicas, iglesias, hospitales e instituciones benéficas sin ánimo de lucro» (énfasis añadido), creó una amplia exención de la prohibición general de discriminación de precios. Como declaró el Tribunal de Apelación del Noveno Circuito en 1967

La intención subyacente en la concesión de dicha exención era indiscutiblemente permitir a las instituciones que no tienen ánimo de lucro operar de la forma más económica posible.13

Dos dictámenes del Tribunal Supremo, anunciados a mediados de la década de 1970 y a principios de la de 1980, proporcionaron interpretaciones significativas del alcance de la exención sin ánimo de lucro de la prohibición Robinson-Patman. Ambas se referían a impugnaciones de la práctica de un proveedor farmacéutico que vendía sus productos a determinados hospitales a precios inferiores a los que cobraba a los farmacéuticos minoristas en las zonas que rodeaban a los hospitales en cuestión.

Abbott Laboratories v. Portland Retail Druggists Association, Inc., 425 U.S. 1 (1976), analizó la frase «para su propio uso» de la Ley de Instituciones sin Fines de Lucro, e interpretó la disposición de forma estricta. El Tribunal se basó en gran medida en la expresión «para su propio uso» para sostener que no todas las compras realizadas por un hospital sin ánimo de lucro están necesariamente exentas de las prohibiciones de discriminación de precios. La exención sólo es aplicable a las compras realizadas para que el hospital pueda satisfacer sus necesidades (por ejemplo, la dispensación a los pacientes internos, los pacientes externos tratados en el hospital, el uso de la sala de urgencias) y las de los médicos del personal, los estudiantes de medicina y enfermería, y sus dependientes: «Aunque el Tribunal incluyó entre los usos permitidos por el hospital «la prescripción genuina para llevar a casa, destinada, durante un tiempo limitado y razonable, a continuar o complementar el tratamiento que se administró en el hospital al paciente que necesitaba, y que ahora sigue necesitando, ese tratamiento», excluyó específicamente de la exención Robinson-Patman consagrada en la Ley de Instituciones sin Fines de Lucro «la reposición para el antiguo paciente del hospital.»15 Además, el Tribunal se negó a sancionar las compras realizadas por el médico del hospital para su uso en «la parte de su práctica privada no relacionada con el hospital».16

Si bien la principal preocupación abordada por el Tribunal en Portland fue la venta de productos farmacéuticos a hospitales sin ánimo de lucro para todos los usos, incluida la atención al paciente y la reventa, cuatro años más tarde, en Jefferson County Pharmaceutical Ass’n., Inc. v. Abbott Laboratories, 460 U.S. 150 (1983), el Tribunal estableció los límites de la excepción a Robinson-Patman para las compras gubernamentales: El condado de Jefferson planteó una cuestión «limitada a las compras del Estado con el fin de competir con la empresa privada -con la ventaja de los precios discriminatorios- en el mercado minorista».17 El condado de Jefferson subrayó que las prohibiciones de Robinson-Patman contra las diferencias de precios discriminatorias injustificadas en la venta de productos de «grado y calidad similares» dictaban que las compras del gobierno para su uso en la competencia minorista con la empresa privada, en contraposición a las destinadas a las «funciones gubernamentales tradicionales», están totalmente sujetas a las restricciones de la ley. El Tribunal sostuvo que las compras de productos farmacéuticos por parte del Hospital de la Universidad de Alabama para usos distintos del tratamiento de sus pacientes, como, por ejemplo, en las ventas al por menor, no pueden hacerse a precios que den al Hospital de la Universidad una ventaja de precios injusta sobre sus competidores en la venta al por menor de productos farmacéuticos.

Se determinó que las organizaciones de mantenimiento de la salud eran «instituciones elegibles» en virtud de la Ley de Instituciones sin Fines de Lucro en De Modena v. Kaiser Foundation Health Plan, Inc, 743 F.2d 1388 (9th Cir. 1984), cert. denied, 469 U.S. 1229 (1985). Tras reconocer que la ley «no enumera explícitamente a los HP» y que ninguna jurisprudencia en ese momento incluía específicamente a los HP como instituciones «benéficas», el tribunal de apelación se basó en «los precedentes que definen el término benéfico a efectos del código fiscal y la ley de fideicomisos benéficos» para llegar a su conclusión: «la aparición de la asistencia social, los seguros y los hospitales municipales redujo drásticamente el número de pobres que necesitaban servicios médicos gratuitos o por debajo del coste»:

Esta reducción eliminó el fundamento en el que se basaba la definición tradicional y limitada de benéfico, lo que dio lugar a un cambio hacia una interpretación menos restrictiva del término en los últimos años. Ahora todas las organizaciones sin ánimo de lucro que promueven la salud se consideran benéficas según la ley de fideicomisos benéficos. Además, varios tribunales han sostenido específicamente que las organizaciones de mantenimiento de la salud, como las HP, son instituciones benéficas a efectos fiscales. … Dada esta interpretación cada vez más liberal del término, concluimos que las HP son instituciones benéficas en el sentido de la Ley de Instituciones No Lucrativas.18

Además, el tribunal se basó en la expresión del criterio «para su propio uso» propuesto por el Tribunal Supremo en el caso Abbott Laboratories v. Portland Retail Druggists19 para decidir que la «función institucional básica» de un plan de salud -proporcionar una «panoplia completa» de servicios de atención médica, incluidos los servicios continuos y preventivos, a sus miembros- requiere que «los medicamentos adquiridos por una HMO … para la reventa a sus miembros sean comprados para el «uso propio» de la HMO en el sentido de la Ley de Instituciones sin Fines de Lucro».20

De Modena fue refrendado en 1995 por el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Norte de Illinois:

En De Modena el Noveno Circuito resolvió «seguir el verdadero mandato de Abbott … determinando la función institucional básica y decidiendo luego qué ventas se ajustan a esta función». De Modena, 743 F.2d en 1393. El tribunal comenzó su análisis reconociendo que el funcionamiento institucional previsto de una HMO es «proporcionar una panoplia completa de atención médica a los miembros». Id. El tribunal observó además que, a diferencia de la atención «temporal y normalmente correctiva» que los hospitales de pago proporcionan a sus pacientes, las HMO «proporcionan una atención sanitaria continua y a menudo preventiva a sus miembros». Id. Por lo tanto, concluyó el tribunal de De Modena, «cualquier venta de medicamentos por parte de una HMO a uno de sus miembros entra dentro de la función básica de la HMO» y, por lo tanto, constituye «uso propio» en el sentido de la Ley de instituciones sin fines de lucro. Id.21

Hasta donde sabemos, la inclusión de las HMO en la lista de entidades con derecho a beneficiarse del lenguaje «para su propio uso» de la Ley de Instituciones sin Fines de Lucro no ha sido repudiada judicialmente,22 aunque el Tribunal Supremo aún no se ha pronunciado al respecto.

Indemnización por daños y perjuicios en virtud de la Ley Robinson-Patman

Si ninguna de las defensas afirmativas expuestas anteriormente justifica una diferencia de precios impugnada, y la exención sin ánimo de lucro no está disponible para el demandado, se demuestra la discriminación de precios en violación de la Ley Robinson-Patman. Sin embargo, la conclusión de que el demandante tiene derecho a una indemnización por daños y perjuicios por el importe de la diferencia de precios ilegal no está garantizada. En el caso J.Truett Payne Company, Inc. v. Chrysler Motors Corporation23 , el Tribunal Supremo, al decidir «la medida apropiada de los daños y perjuicios en una demanda presentada en virtud del artículo 2(a) de la Ley Clayton «24 , rechazó el argumento de que «una vez que se ha probado una discriminación de precios en violación del artículo 2(a) se tiene derecho, como mínimo, a los llamados ‘daños y perjuicios automáticos’ por el importe de la discriminación de precios: «25

Para recuperar el triple de los daños y perjuicios, por tanto, un demandante debe demostrar algún perjuicio real atribuible a algo que las leyes antimonopolio fueron diseñadas para evitar.26

Anteriormente, el Tribunal había señalado que «la teoría de los daños automáticos ha dividido a los tribunales inferiores», pero consideró más persuasivas las opiniones que la rechazaban, señalando que Robinson-Patman «se viola simplemente si se demuestra que ‘el efecto de dicha discriminación puede ser sustancialmente el de disminuir la competencia’.27

Conclusión

A mediados de la década de 1970, el 94º Congreso, a través de un subcomité especial de la Comisión de la Pequeña Empresa de la Cámara de Representantes, celebró audiencias y estudió propuestas para modificar o derogar la Ley Robinson-Patman. En ese momento, los representantes de las pequeñas empresas, y otros, sostenían que el mantenimiento de Robinson-Patman era esencial28. Aunque el Subcomité recibió varios proyectos de ley del Departamento de Justicia para modificar sustancialmente o derogar la ley, no se presentó ninguna legislación en ese momento, y el CRS no tiene constancia de que se haya presentado ninguna posteriormente.

La Comisión de Modernización Antimonopolio fue autorizada en la L.P. 107-273, «21st Century Department of Justice Appropriations Authorization Act», para «examinar si existe la necesidad de modernizar las leyes antimonopolio e identificar y estudiar las cuestiones relacionadas», y emitió su informe final en abril de 2007. En su capítulo sobre «Excepciones gubernamentales a la competencia en el mercado libre», dedicó varias páginas a su estudio de la Ley Robinson-Patman, señalando que, a pesar del objetivo de los partidarios de su aprobación de poner remedio a la «preocupación de las pequeñas empresas… de que estaban perdiendo cuota frente a los supermercados más grandes y las cadenas de tiendas y, en algunos casos, se veían obligadas a abandonar el mercado»,

en su funcionamiento… la Ley ha tenido el efecto involuntario de limitar el alcance de los descuentos en general y, por lo tanto, ha provocado probablemente que los consumidores paguen precios más altos de los que pagarían en caso contrario.29

La Comisión recomendó que «el Congreso debería derogar la Ley Robinson-Patman en su totalidad».30

Se desconoce en este momento si la actual coyuntura económica dará lugar a una nueva renovación de los esfuerzos para modificar o derogar la ley, o si el Congreso determinará que la intervención legal es apropiada.

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