Bumping y sobreventa

Bumping

La gran mayoría de las veces, los pasajeros no tienen ningún problema para embarcar en sus vuelos. Pero ocasionalmente, las aerolíneas pueden hacer «bumping» a los pasajeros y hacerles ceder sus asientos. El bumping, también conocido como «denegación de embarque», se produce cuando hay más pasajeros programados para volar en un avión que asientos disponibles.

La práctica comercial del bumping no es ilegal. Las aerolíneas sobrevenden sus vuelos programados hasta cierto punto para compensar los «no-shows». La mayoría de las veces, las aerolíneas predicen correctamente los «no shows» y todo va bien. Pero a veces, los pasajeros son despedidos como resultado de las prácticas de sobreventa.

No todas las aerolíneas realizan la práctica de vender más billetes que asientos disponibles en un avión. Algunas aerolíneas simplemente venden suficientes billetes para llenar todos los asientos. Aunque esta práctica reduce significativamente las posibilidades de que un pasajero sea despedido, la aerolínea puede despedir a los pasajeros en raras circunstancias – como cuando el asiento es necesario para un Federal Air Marshall.

Es importante que los pasajeros entiendan por qué se les puede pedir que cedan sus asientos y qué derechos pueden tener. Antes de que una aerolínea obligue a un pasajero a ceder su asiento debido a un exceso de reservas, la aerolínea debe preguntar a los pasajeros del vuelo si están dispuestos a ceder su asiento voluntariamente a cambio de una compensación.

Ceder voluntariamente su asiento

Cuando un vuelo tiene más pasajeros dispuestos a volar que asientos disponibles, las aerolíneas deben pedir primero a los pasajeros que cedan sus asientos voluntariamente, a cambio de una compensación, antes de despedir a alguien involuntariamente. Las aerolíneas pueden ofrecer a los pasajeros incentivos, como dinero o vales, para que se ofrezcan voluntariamente. No hay límite en la cantidad de dinero o vales que la aerolínea puede ofrecer, y los pasajeros son libres de negociar con la aerolínea.

  • Si una aerolínea ofrece un billete de tarifa reducida, un billete gratuito o un vale a los pasajeros a cambio de que se ofrezcan a volar en un vuelo diferente, la aerolínea debe informar a los pasajeros sobre todas y cada una de las restricciones que puedan aplicarse al uso del billete de tarifa reducida, el billete gratuito o el vale antes de que los pasajeros decidan si renuncian o no a su plaza reservada confirmada en el vuelo actualmente sobrevendido.

Si decide devolver su asiento a la aerolínea a cambio de una compensación y de un vuelo posterior, es posible que desee obtener respuestas a estas importantes preguntas:

  • ¿Cuándo es el próximo vuelo en el que la aerolínea puede confirmar su asiento? El vuelo alternativo puede ser igual de aceptable para usted. Por otro lado, si la aerolínea le ofrece ponerle en espera en otro vuelo que esté lleno, podría quedarse atrapado en el aeropuerto de salida durante mucho tiempo.
  • ¿La aerolínea le proporcionará otros servicios como comidas gratuitas, una habitación de hotel, traslados entre el hotel y el aeropuerto y una tarjeta telefónica? Si no es así, es posible que tenga que gastar el dinero que le ofrece en comida o alojamiento mientras espera el siguiente vuelo.
  • ¿Durante cuánto tiempo es válido el billete o el bono?
  • ¿El billete o el bono no se puede utilizar durante los periodos de vacaciones en los que podría querer usarlo?
  • ¿Puede utilizarse para vuelos internacionales?

Cesión voluntaria de asiento (Bumping)

A veces, cuando una compañía aérea pide voluntarios para ceder sus asientos y volar en otro vuelo, no hay suficientes voluntarios. Cuando esto ocurre, la aerolínea selecciona a los pasajeros para que cedan sus asientos. Esto se denomina «denegación de embarque involuntaria» o «bumping».

¿Cómo determina una aerolínea quién tiene que ceder su asiento?

  • Aunque es legal que las aerolíneas despidan involuntariamente a los pasajeros de un vuelo sobrevendido cuando no hay suficientes voluntarios, es responsabilidad de la aerolínea determinar sus propias prioridades de embarque justas.
  • Si no hay suficientes pasajeros que estén dispuestos a ceder sus asientos voluntariamente, una aerolínea puede negarle un asiento en un avión basándose en los criterios que establezca, como la hora de facturación del pasajero, la tarifa pagada por el pasajero o la condición de viajero frecuente del pasajero. Sin embargo, los criterios no pueden someter al pasajero a un perjuicio o desventaja injusta o irrazonable. Por ejemplo, una compañía aérea no podría utilizar legalmente la raza o el origen étnico de un pasajero como criterio.

¿Las aerolíneas tienen que informarme de mis derechos cuando me despiden involuntariamente?

  • Sí. El Departamento de Transporte (DOT) exige a las aerolíneas que entreguen a todos los pasajeros que sean despedidos involuntariamente una declaración escrita en la que se describan sus derechos y se explique cómo decide la aerolínea quién es despedido.

¿Las aerolíneas están obligadas a pagarme dinero cuando soy despedido involuntariamente?

  • Eso depende. Una aerolínea está obligada a compensarle después de haberle expulsado involuntariamente de un vuelo sobrevendido en determinadas situaciones. Sin embargo, hay muchas situaciones en las que no tiene derecho a compensación.

Los pasajeros expulsados NO tienen derecho a compensación en las siguientes situaciones:

  • Cambio de avión – Se sustituye un avión más pequeño por el más grande que la aerolínea tenía previsto utilizar originalmente por motivos operativos o de seguridad.
  • Peso y equilibrio – Restricciones de peso o equilibrio que se aplican a los aviones con 60 o menos asientos por razones operativas o de seguridad.
  • Descenso de categoría – Un pasajero pasa de una clase superior a una inferior. En este caso, el pasajero tiene derecho a un reembolso por la diferencia de precio.
  • Vuelos chárter – Un vuelo contratado para un viaje específico que no forma parte de la programación regular de una aerolínea.
  • Aviones pequeños – Vuelos programados en aviones con capacidad para menos de 30 pasajeros.
  • Vuelos que salen de un lugar extranjero – Vuelos internacionales con destino a los Estados Unidos. Sin embargo, algunas compañías aéreas de estas rutas pueden ofrecer una compensación de forma voluntaria. Además, la Comisión Europea tiene una norma sobre el bumping de los pasajeros de los vuelos que se aplica a los pasajeros que salen de un estado miembro de la Unión Europea; pregunte a la aerolínea por los detalles, o visite esta página.

Situaciones en las que los pasajeros expulsados tienen derecho a una compensación:

  • Si no es expulsado de un vuelo por uno de los motivos anteriores, tiene derecho a una compensación por denegación de embarque involuntaria si una compañía aérea le obliga a ceder su asiento en un vuelo con sobreventa y:
    • Tiene una reserva confirmada,
    • Hizo el check-in para su vuelo a tiempo,
    • Llegó a la puerta de embarque a tiempo, y
    • La aerolínea no puede llevarle a su destino dentro de la hora de llegada original de su vuelo.

Si tengo derecho a una compensación, ¿cómo se calcula el importe de la misma?

  • Los pasajeros a los que se les deniega el embarque de forma involuntaria debido a un exceso de ventas tienen derecho a una compensación que se basa en el precio de su billete, en el tiempo de retraso para llegar a su destino debido a la denegación de embarque y en si su vuelo es nacional o internacional con salida de Estados Unidos. Esto se denomina «compensación por denegación de embarque» o «DBC» para abreviar.
  • La mayoría de los pasajeros que sufran retrasos breves en sus vuelos recibirán una compensación equivalente al doble del precio del billete de ida del vuelo del que fueron expulsados, hasta 675 dólares. Los pasajeros que sufran retrasos más prolongados en los vuelos recibirán una compensación equivalente al cuádruple del valor del vuelo de ida del que fueron desplazados, hasta 1.350 dólares. Consulte las tablas siguientes.

Nacional – Compensación por denegación de embarque (DBC)

Nacional – Compensación por denegación de embarque (DBC)

Duración del retraso

Compensación

0 a 1 hora de retraso en la llegada

Sin compensación

De 1 a 2 horas de retraso en la llegada

200% de la tarifa de idade ida (pero no más de 675 $)

Más de 2 horas de retraso en la llegada

400% de la tarifa de ida (pero no más de 1,350 dólares)

Internacional – Compensación por denegación de embarque (DBC)

Internacional – Compensación por denegación de embarque (DBC)

Duración del retraso

Compensación

0 a 1 hora de retraso en la llegada

Sin compensación

De 1 a 4 horas de retraso en la llegada

200% de la tarifa de idade ida (pero no más de 675 $)

Más de 4 horas de retraso en la llegada

400% de la tarifa de ida (pero no más de 1,350 dólares)

¿Cuándo recibiré la compensación si tengo derecho a recibirla?

  • Después de un incidente de bumping, las compañías aéreas deben ofrecer a los pasajeros una compensación en el aeropuerto el mismo día.
  • Si la aerolínea proporciona un transporte sustituto que sale del aeropuerto antes de que la aerolínea pueda pagar al pasajero, la aerolínea debe pagar al pasajero en las 24 horas siguientes al incidente de bumping.

¿Hay un límite en la cantidad de dinero que las aerolíneas están autorizadas a darme cuando soy despedido involuntariamente?

  • No. Aunque las aerolíneas están obligadas a darle una cierta cantidad de dinero por ley, las aerolíneas son libres de darle más dinero del requerido si así lo desean.

Otras razones por las que puede ser expulsado de un vuelo

Una aerolínea puede negarse a transportar a un pasajero por las razones enumeradas en su contrato de transporte, un acuerdo legal entre el pasajero y la aerolínea, siempre que la negativa no sea discriminatoria, como por ejemplo:

  • Estar intoxicado o bajo la influencia de drogas ilegales.
  • Intentar interferir en las tareas de un miembro de la tripulación de vuelo.
  • Interrumpir las operaciones de vuelo o tener un comportamiento indisciplinado.
  • Tener un olor ofensivo que no esté causado por una discapacidad o enfermedad.

Las normas de la FAA establecen que «ninguna persona puede agredir, amenazar, intimidar o interferir con un miembro de la tripulación en el desempeño de sus funciones a bordo de una aeronave que se esté operando.»

Para leer el reglamento federal que implementa estas normas, haga clic aquí.

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