Abogado De Inmigracion Para Texas: En Espanol

Abogado de Inmigracion Para La Communidad De Houston

Si se enfrenta a un problema legal de inmigración, o si tiene preguntas que sólo un abogado puede responder adecuadamente,

Zavala Law Firm PLLC está aquí para ayudarle. Somos una firma de abogados establecida en Houston, TX. Usted puede confiar en Zavala Law Firm PLLC para recibir la mejor orientación y estrategia legal en su caso de inmigración. Le proporcionamos la asistencia y el soporte legal adecuado que le podrán asegurar la mejor solución en su caso de inmigración para usted y a su familia.

Peticiones Familiares

Nos especializamos en casos de peticiones familiares entre padres, hijos, esposos, y hermanos. Zavala Law Firm, PLLC también ha trabajado en cientos de casos que requieren un perdón I-601 o I-601A de inmigración antes de recibir la residencia permanente. También le podemos ayudar en sus negocios. Si su deseo es abrir su propia compañía, invertir dinero en un proyecto o compañía, trabajar temporalmente en una compañía dentro de los Estados Unidos, o estudiar en los Estados Unidos, llámenos hoy para asesorar su caso.

Nos especializamos en casos de:

  • I-130 –Peticiones Familiares
  • I-485 – Ajustes de Residencia o Residencia Permanente
  • I-601 / I-601A Perdones (Waivers) de Inmigracion
  • I-129F – Peticiones de Novios o Novias
  • DACA – Acción Diferida para los Estudiantes
  • TPS
  • I-131 – Permisos de Viaje
  • I-765 – Permisos de Trabajo
  • Parole (Permiso) para familiares de Veteranos, o Miembros de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos.
  • F1 / M1 – Estudiantes
  • H-1B – Trabajadores de especialidad temporales
  • L-1A – Trabajadores transferidos de compañías internacionales
  • R-1 – Trabajadores Religiosos
  • E-1 – Comercio
  • E-2 – Inversionistas
  • EB-1 – Habilidad Extraordinaria, Profesores y Investigadores, Manager o Ejecutivo multinacional
  • EB-2 – Títulos Avanzados, Habilidad Excepcional y Waivers de Interés Nacional
  • EB-3 – Trabajadores Especializados y Profesionales
  • EB-4 – Trabajadores Religiosos
  • EB-5 – Inversionistas

Zavala Law Firm, PLLC le pude brindar la mejor representación o defensa legal para su caso de deportación. Nosotros tenemos experiencia en casos de asilo, casos de visas juveniles, visas de víctimas de crímenes (Visas U) o de victimas de traficantes (Visas T), residencia por el tiempo y familiares frente la corte de Inmigración, residencia permanente, NACARA, TPS, y ciudadanía.

Eliud Zavala es el fundador y miembro administrador de Zavala Law Firm, PLLC – una firma de abogados de inmigración con sede en Houston. Como inmigrante, si mismo, el Sr. Zavala conoce las dificultades de pasar por las complejidades del sistema de inmigración de los Estados Unidos. Como un abogado experto en asuntos de inmigración, el Sr. Zavala ofrece una representación más atenta, cuidadosa y eficiente para ayudar a sus clientes a navegar el sistema de inmigración con facilidad y buen éxito.

El Sr. Zavala es abogado asociado de inmigración de FosterQuan, LLP, más adelante, Foster, LLP, la firma de abogados de inmigración más grande de de la nación y mas prominente de la nación.

Ha colaborado en la preparación y presentación de casos ante la Oficina Ejecutiva para la Revisión de Inmigración, la Junta de Apelaciones de Inmigración, la Oficina de Apelaciones Administrativas, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos y los consulados de los Estados Unidos en todo el mundo. El Sr. Zavala se especializa en peticiones de familia, residencia permanente, visas de prometido K-1, visa de cónyuge K-3 y proceso consular, así como la residencia permanente a través de. El abogado de inmigración Zavala se especializa en peticiones familiares, residencia permanente, 1 visa de novio (e), visas de cónyuge K-3 y proceso consular, así como la residencia permanente a través de consulados en todo el mundo.

El Sr. Zavala también puede ayudarle con la residencia permanente a través de preferencias basadas en el empleo, tales como destacados investigadores y profesores, para personas con extraordinaria habilidad en las artes, ciencias, educación, negocios o atletismo, para los ejecutivos multinacionales o ejecutivos. El abogado de inmigración, Zavala también ha guiado a aquellos que buscan una renuncia a intereses nacionales, trabajadores calificados, profesionales, trabajadores religiosos y peticiones de inversionistas inmigrantes relacionadas con las inversiones de EB-5.Z Zavala también representa clientes que buscan visas de no-inmigrante como TN; E1 and E2; E1 y E2; L-1A and L-1B; L – 1A y L – 1B; H-1B; H – 1B; and R-1. Y R – 1.

El Sr. Zavala se graduó de la Universidad de Houston-Downtown con una licenciatura en Contabilidad. Es graduado del Colegio de Derecho del Sur de Texas donde participó en la clínica de la escuela de derecho de inmigración / Tráfico de personas que representan a personas desfavorecidas y víctimas de la trata de personas.

El abogado de inmigración Zavala también ha sido panelista de la Asociación de Abogados de Inmigración de Texas y ha aparecido en un noticiero local y estatal con Univision para hablar sobre las noticias relacionadas con la inmigración. El Sr. Zavala es miembro del Colegio de Abogados del Estado de Texas, y de la Asociacion Americana de Abogados.

A medida que la política estadounidense sobre inmigración continúa cambiando, es más importante que nunca unir sus fuerzas con un abogado de inmigración con experencia que protegerá sus derechos.En el Bufete de Abogados de Zavala, PLLC, ofrecemos consejo compasivo y servicios legales superiores para individuos, familias y negocios que se ocupan de asuntos de inmigración.

Nuestra práctica integral se centra en:

  • Inmigración para Familias
  • Inmigración para empresas y empleados
  • Exenciones de la Inadmisibilidad
  • Libertad Condicional Militar en Lugar
  • Ciudadanía y Naturalización

Traiga a sus seres queridos a los Estados Unidos con una Visa de Familia

Nada es más difícil de estar separado de los que amas. Algunos de los trabajos más significativos que realizamos en el Bufete de Abogados de Inmigración de Zavala incluyen la reunificación de familias. El abogado de inmigración Eliud Zavala ha ayudado a innumerables personas a obtener con éxito su residencia permanente en los Estados Unidos a través de peticiones familiares.

Si es residente permanente legal (ciudadano estadounidense) o ciudadano de los Estados Unidos que desea solicitar a un pariente familiar una visa de inmigrante, debe presentar una solicitud de visa para extranjero con los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS ) Oficinas. Pero antes de iniciar este proceso de inmigración basado en la familia, es importante definir qué parientes son elegibles en base a su estatus migratorio.

Como titular de una tarjeta verde o residente permanente legal , puede solicitar los siguientes miembros de la familia

  • Esposa/Esposo
  • Hijo (s) o Hija(s) Soltero/Soltera (s)

Como ciudadano estadounidense, puede solicitar su

  • Esposa/Esposo
  • Prometido
  • Hijos solteros menores de 21 años
  • Hijos casados mayores de 21 años
  • Padres (si tiene 21 años o más)
  • Hermano / Hermana (si tiene 21 años o más)

Familiares inmediatos vs. Preferencias familiares Categorías de visas

Bajo las provisiones de la ley de inmigración de los Estados Unidos, específicamente la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), hay dos grupos de categorías de visas de inmigrantes familiares: parientes inmediatos y preferencia familiar.Los parientes inmediatos se consideran relaciones familiares cercanas de la siguiente manera:

  • IR-1: Cónyuge de un ciudadano estadounidense
  • IR-2: Hijo soltero menor de 21 años de edad de un ciudadano estadounidense
  • IR-3: Huérfanos adoptados en el extranjero por un ciudadano estadounidense
  • IR-4: Huérfanos que serán adoptados en Estados Unidos por un ciudadano estadounidense
  • IR-5: Padre de un ciudadano estadounidense que tiene por lo menos 21 años

Los familiares inmediatos reciben una prioridad especial y no están sujetos a cuotas anuales de visa de inmigración, lo que significa que generalmente no tienen que soportar un largo período de espera para solicitar una tarjeta verde. Los familiares de preferencia familiar se aplican a aquellos miembros de la familia que no son familiares directos. Desafortunadamente, hay límites anuales en el número de Visas de Preferencia Familiar que pueden ser aprobadas.

La categoría de preferencia de su miembro de la familia determinará cuánto tiempo tendrán que esperar para obtener un número de visa de inmigrante:

  • Hijos solteros de ciudadanos estadounidenses (adultos mayores de 21 años).
  • Segunda Preferencia (F2A): Cónyuges de los titulares de la Tarjeta Verde, hijos no casados (menores de 21 años) de residentes permanentes
  • Hijos adultos no casados de residentes permanentes
  • Hijos casados de cualquier edad
  • Cuarta Preferencia (F4): Hermanos de ciudadanos estadounidenses

K3 Cónyuge Visa

Si usted tiene un cónyuge extranjero que desea traer a los EU., una opción es para que puedan solicitar una visa K-3. Una visa K3 permite que su cónyuge llegue a los Estados Unidos mientras la visa esté pendiente. Al ingresar, él / ella puede aplicar para ajustar su estatus a una residencia legal permanente. El K3 debe ser archivado y emitido por un consulado de los EU en el país donde el matrimonio ocurrió.

K1 Fiancé (Prometido) visa

Si usted es un ciudadano estadounidense comprometido con un no ciudadano que vive en el extranjero, hay opciones disponibles para ayudarles a obtener residencia permanente aquí en los Estados Unidos.

  • Solicite una visa de novio (K-1) – esto le permite a su prometido entrar a los Estados Unidos por 90 días, durante los cuales debe casarse
    • Este método requiere que usted presente una Petición Formulario I-129F para Alien Fiancé (e)
    • Después de casarse, su cónyuge puede solicitar la residencia permanente mediante la presentación de un Formulario I-485 , Solicitud de registro de residencia permanente o para ajustar el estado
    • Si su prometido trabaja, puede solicitar permiso para trabajar con un Formulario I-765 , Solicitud de Autorización de Empleo

Obtención de la residencia permanente: ajuste del estado frente al procesamiento consular

Una solicitud de residencia permanente o solicitud de tarjeta verde es el segundo paso que sigue a la petición relativa de la familia. Hay dos caminos para completar el proceso de residencia permanente. Una es presentar el Formulario I-485 y ajustar su residencia permanente mientras viva en los Estados Unidos. El segundo camino es solicitar una visa de inmigrante en un consulado en su país de origen y entrar en los Estados Unidos después de una entrevista en el consulado de EU en su país.

Es imperativo consultar con un abogado de inmigración con experencia, como el abogado Zavala, para identificar correctamente su elegibilidad para la residencia permanente en los Estados Unidos. La ayuda equivocada puede aterrizar en procedimientos de deportación o puede hacer que pierda miles de dólares en cargos de solicitud del gobierno.

Tarjeta Verde para Familias Militares

Si ingresó a los Estados Unidos sin visa, pero es el cónyuge, hijo o padre de alguien en el ejército de los Estados Unidos, puede calificar para un programa llamado libertad condicional (PIP), que le permite ajustar su estado y obtener una tarjeta verde mientras Permaneciendo en los Estados Unidos

¿Se le a negado la entrada a los Estados Unidos? Solicite una Exención!

Existen varios motivos por los cuales los Servicios de Ciudadanía e Inmigración pueden declararle inadmisible a los Estados Unidos. Los más comunes incluyen:

  • Actividad criminal
  • Declaraciones falsas al gobierno de los Estados Unidos en anteriores solicitudes de inmigración
  • Violaciones anteriores de inmigración

Al ser considerado inadmisible significa que es probable que no se le expida una visa para venir a los Estados Unidos o se podría negar la admisión a los EU en un puerto de entrada. Si actualmente reside en los Estados Unidos, es posible que le hayan negado un ajuste de estatus debido a una violación de una ley de inmigrante o penal. La buena noticia es que la ley provee una oportunidad para que usted solicite el «perdón» legal y obtenga una exención.

I-601A Renuncia por Presencia Ilegal

Si usted ha acumulado una presencia ilegal en los Estados Unidos y no es elegible para el estatus de ajuste, puede ser vacilante a partir para su entrevista consular por temor a que se le negaría volver a entrar. Afortunadamente, el Secretario del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) ha creado un nuevo proceso que permite a familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses solicitar una exención provisional de presencia ilegal mientras permanece en los Estados Unidos y antes de partir para su entrevista de visa de inmigrante en el extranjero.

Requisitos de Elegibilidad I-601A

  • Ser pariente inmediato de un ciudadano estadounidense (cónyuge, hijo, padre)
  • Ser el beneficiario de una petición relativa aprobada
  • Tener 17 años o más
  • Estar presente en los Estados Unidos en el momento en que la exención provisional es archivada
  • Demuestre penurias extremas a un ciudadano, un cónyuge o un padre de los Estados Unidos si se le niega
  • No puede estar en procedimientos de remoción

Renuncia por motivos penales

Si se le negó la entrada a los Estados Unidos porque tiene antecedentes penales, puede ser elegible para solicitar una solicitud de exención.

Si usted fue condenado por cualquiera de los siguientes, puede solicitar la exención:

  • Un crimen que involucra la torpeza moral
  • Prostitución
  • Un solo delito de posesión de 30 gramos o menos de marihuana
  • Participación en actividades delictivas graves en las que se afirma la inmunidad de enjuiciamiento;
  • Condena de dos o más delitos de cualquier tipo con una condena acumulada de al menos 5 años; or o
  • Afirmar la inmunidad contra el enjuiciamiento de un delito grave

También debe mostrar que:

  • Por lo menos 15 años han pasado desde el acto criminal y usted puede probar la rehabilitación;
  • Un miembro de la familia inmediata le necesita y sufriría dificultades extremas si le negaran la entrada

212 Renuncia a la inadmisibilidad por fraude o declaración falsa

Si intencionalmente falsificó un hecho material en una solicitud de inmigración pasada, se le puede prohibir permanentemente inmigrar a los Estados Unidos y convertirse en residente permanente a menos que califique para una renuncia de fraude y falsa declaración deliberada.

Esta exención 212 está disponible si usted puede probar que un ciudadano de los Estados Unidos o un cónyuge o un padre residente permanente legal enfrentarían dificultades extremas si se le niega o se retira de los EU

Visas de Trabajo Temporales / No-Inmigrantes

Si desea trabajar en los EU por un período fijo de tiempo, podemos ayudarle a usted y / oa su posible empleador con la obtención de una visa de trabajo temporal que se adapte a sus necesidades y calificaciones.

La visa de trabajo temporal más popular es el H-1B. El programa H-1B permite que los trabajadores en ocupaciones de especialidad trabajen en los Estados Unidos hasta un total de seis años. Un H-1B requiere un grado de educación superior o experiencia equivalente.

Antes de solicitar una visa de trabajador temporal en una embajada o consulado de los Estados Unidos, su empleador debe presentar una Petición para un Trabajador No Inmigrante, Formulario I-129 en su nombre y debe ser aprobado por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos. En la mayoría de los casos, un H-1B requiere la prueba de una oferta de trabajo y la duración del empleo.

Estas visas van rápidamente mientras que el congreso ha fijado la tapa anual actual para las visas H-1B en 65.000.

Visas Basadas en el Empleo

Cada año, entre el 1 de octubre y el 30 de septiembre, hay cerca de 140.000 visas de inmigración basadas en el empleo puestas a disposición de los trabajadores extranjeros. Para ser considerado para una visa de trabajo, su empleador potencial debe obtener primero una aprobación de certificación laboral del Departamento de Trabajo.

Una vez recibido, el empleador presenta una Solicitud de Inmigrante para Trabajador Extranjero, Formulario I-140 , con los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) para la categoría de preferencia apropiada basada en el empleo.

Categorías Preferida Para La Visa De Trabajador

Una vez que se haya concedido la aprobación, su empleador presentará un formulario I-140 o Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero con los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) para la categoría de preferencia basada en el empleo que coincida.

EB1 para trabajadores prioritarios:

Personas con extraordinaria habilidad en ciencias, artes, educación, negocios o atletismo.

  • No necesita una oferta de trabajo específica para ingresar a los Estados Unidos sólo una prueba de que continúa su trabajo
  • Puede presentar su propia Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero, Formulario I-140

Profesores e investigadores destacados

  • Tres años de experiencia en la enseñanza o la investigación, reconocidos internacionalmente
  • Debe estar persiguiendo la tenencia, la enseñanza de la pista de la tenencia, o la posición comparable de la investigación en la institución del aprendizaje más alto
  • Debe proporcionar prueba de oferta de trabajo y presentar un Formulario I-140

Directivos Multinacionales o Ejecutivos

  • El empleo fuera de los EU debe haber sido en una capacidad de gestión o ejecutivo y debe continuar con la misma línea de trabajo
  • Debe haber sido empleado por uno de los últimos tres años por un afiliado extranjero, padre, subsidiaria o sucursal de un empleador con sede en los Estados Unidos
  • Debe proporcionar prueba de oferta de trabajo y presentar un formulario I-140 con USCIS

EB2 para Profesionales con Grados Avanzados y Personas con Capacidad Excepcional

  • Oferta de trabajo requerida y certificación laboral aprobada por el Departamento de Trabajo
  • El empleador debe presentar el formulario I-140
  • Debe ser profesional con grado avanzado y tener capacidad excepcional en las ciencias, las artes, o el negocio

EB3 para Trabajadores Calificados, Profesionales y Trabajadores No Calificados (Otros Trabajadores)

  • Trabajadores calificados con un mínimo de dos años de formación o experiencia laboral en puestos no considerados temporales o estacionales
  • Profesionales cuyos puestos de trabajo requieren por lo menos un título de bachillerato de una universidad o universidad de EU o su equivalente extranjero grado.
  • Trabajador no calificado capaz de trabajar en una función que requiere menos de dos años de formación o experiencia que no es temporal o estacional

EB4 para los trabajadores religiosos

  • Ministros y no ministros en vocaciones religiosas y ocupaciones que realizarán trabajos religiosos en una posición compensada a tiempo completo
  • Cap de 5.000 trabajadores a quienes se les puede otorgar una visa especial de inmigrante no-ministro de trabajo religioso durante cada año fiscal

IEB-5 para Inmigrantes Inversores

  • Requerido para hacer una cantidad de capital de $ 500.000 o $ 1 millón en una empresa comercial de los EU.
  • Las inversiones deben dar lugar a la creación de 10 puestos de trabajo a tiempo completo para los trabajadores estadounidenses. Estos trabajos deben ser creados dentro de un período de dos años después de recibir su residencia permanente condicional.

Defensa Deportiva

La amenaza de la deportación es una prueba terriblemente traumática y aterradora. La idea de ser arrancado de tu familia y de la vida a la que te has acostumbrado es inimaginable. Los abogados de inmigración de Houston en la Oficina de Abogados de Zavala entiende el miedo y la incertidumbre que está tratando y puede ayudarle a encontrar una forma de alivio o defensa para prevenir lo peor que suceda.

Con tanto en juego, tome medidas decisivas ahora. Llámenos hoy.

Éstas son sólo algunas de las estrategias de defensa o el alivio de las opciones de eliminación que podemos explorar.

  • Asilo y retención de la mudanza
  • Cancelación de la eliminación
  • Discreción Fiscal
  • Estado de Protección Temporal
  • Acción Diferida para Llegadas de Niñez o DACA
  • Salida voluntaria
  • Renuncias

Motivos comunes para los procedimientos de deportación

El proceso de deportación se inicia cuando el Departamento de Seguridad Nacional emite un Aviso de Comparecencia que le impide ser expulsado o deportable desde Estados Unidos. Defendemos individuos amenazados con deportación o remoción debido a:

  • Una condena penal
  • Exceso de visa
  • Fraude o violación de inmigración
  • Violaciones al empleo
  • Entrar ilegalmente al país
  • Presencia ilegal
  • Orden definitiva de expulsión / deportación después de una denegación de asilo
  • Falta de salida después de una concesión de salida voluntaria; or o
  • Ser arrestado y condenado por un delito grave como violencia doméstica, posesión ilegal de armas de fuego o posesión de drogas.

Asilo o retención de la mudanza

Si no puede regresar a su país de origen debido a un temor fundado de que puede ser perseguido debido a su raza, religión, nacionalidad, estatus social o creencias políticas, puede calificar para el alivio de la remoción a través de una petición de asilo, retención O remoción, o Convención Contra la Tortura (CAT).

  • El asilo le otorga una protección autorizada del gobierno de los Estados Unidos. Form I-589 Formulario I-589
  • La retención de la expulsión tiene un estándar legal más alto que el asilo y prohíbe la deportación si hay una probabilidad clara o más de un 50{f37c4f09dc85e18e6e41e9de706c8098644dbcc089aee1dc0ee2d14408c2f28c} de probabilidad de que sea perseguido en su país de origen
  • Convención contra la Tortura – «más probable que no» que usted sería torturado

Podemos ayudarle si ha huido de su país buscando asilo o si está ilegalmente en los Estados Unidos y tiene un verdadero temor de ser perseguido si es deportado de regreso.

Cancelación de la remoción : Si usted tiene una tarjeta verde pero tiene una convicción criminal en su expediente y se ha colocado en procedimientos del retiro, usted puede calificar para la cancelación de la mudanza.

Cancelación de la remoción para residentes legales permanentes (LPR)

  • Ha pasado 7 años de residencia continua en los Estados Unidos después de haber sido admitido legalmente
  • Usted tenía una tarjeta verde durante 5 años antes de cometer delito o entrar en procedimientos de expulsión,
  • Nunca ha sido condenado por delito agravado
  • Se muestra rehabilitación o remordimiento

Cancelación de Retiro para No Residentes

Si usted es un inmigrante indocumentado y no tiene una tarjeta verde, puede haber una manera de evitar la deportación si:

  • Han estado físicamente presentes en los Estados Unidos durante no menos de 10 años
  • No han sido condenados por ciertos delitos
  • Su deportación causaría «dificultades excepcionales y extremadamente inusuales» a un cónyuge, hijo o padre que sea el Ciudadano de los Estados Unidos o residente permanente

Acción Diferida para Llegadas de Niñez (DACA)

Acción Diferida para Llegadas de la Niñez, o DACA, es un programa federal creado en 2012 para proteger a los inmigrantes indocumentados que ingresaron al país como menores de los procedimientos de deportación. Durante este tiempo usted será capaz de obtener un número de seguro social y buscar empleo.

Puede solicitar la consideración de DACA si cumple con las siguientes pautas:

  • Llegó a los Estados Unidos antes del 16º día
  • Residencia continua desde el 15 de junio de 2007, hasta la fecha
  • Tenían menos de 31 años a partir del 15 de junio de 2012;
  • Estuvo físicamente presente en los Estados Unidos el 15 de junio de 2012, y en el momento de hacer su solicitud de consideración de la acción diferida con USCIS;
  • Entró a los Estados Unidos sin inspección antes del 15 de junio de 2012, o tenía estado legal expirar el 15 de junio de 2012
  • Actualmente en la escuela o ya han obtenido un diploma de escuela secundaria o GED, o son un veterano de la Guardia Costera o de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos
  • No han sido condenados por un delito grave, delito menor significativo, o tres o más delitos menores, y no representan una amenaza a la seguridad nacional ni a la seguridad pública

Estatus Protegido Temporal

Si las condiciones en su país de origen son consideradas inseguras, puede ser elegible para recibir el estatus de protección temporal. Esto le permite vivir y trabajar en los EU y viajar de ida y vuelta sin temor a ser colocado en los procedimientos de deportación.

El Departamento de Seguridad Nacional clasifica las siguientes condiciones como inseguras:

  • Los conflictos armados en curso (como la guerra civil)
  • Un desastre ambiental (como terremoto o huracán), o una epidemia
  • Otras condiciones extraordinarias y temporales

Alivio de inmigración para víctimas de crímenes

La Ley de Inmigración de los Estados Unidos provee tres visas diferentes para las víctimas de crímenes que desean permanecer o venir a los Estados Unidos.

  • Si usted es una mujer inmigrante y es víctima de violencia doméstica, abuso infantil o abuso de ancianos, puede «auto-peticionar» el estatus de residencia permanente legal bajo la Ley de Violencia contra las Mujeres
  • La visa «U» para las víctimas de crímenes graves (10.000 entregados al año) que han sufrido daños graves y continuos y han cooperado con las fuerzas de la ley para llevar al perpetrador a la justicia
  • El visado «T» para las víctimas de la trata de personas, que les permite permanecer en los Estados Unidos para ayudar en una investigación o procesamiento de la trata de personas

Estancia de emergencia de la mudanza

Si usted ha recibido una orden final de deportación y está en peligro de ser deportado de inmediato, podemos presentar una moción de emergencia para la suspensión del retiro con la Junta de Apelaciones de Inmigración o un Tribunal Federal. Esta orden puede suspender la autoridad del Departamento de Seguridad Nacional para ejecutar la orden de deportación. La solicitud de una suspensión administrativa requiere la presentación de un formulario oficial I-246 y una tasa de presentación de $ 155. Una estancia puede concederse por tres meses hasta un año.

ICE puede conceder una estadía por factores familiares, sociales, de salud o económicos.

Remoción / Salida voluntaria

Si usted está en un proceso de expulsión y no tiene medios legales de permanecer en los Estados Unidos, puede calificar para una forma de alivio discrecional conocido como «salida voluntaria». Esto significa esencialmente que saldría voluntariamente en espera de ser deportado. Usted puede dejar en sus propios términos sin el estigma de ser «deportado».

Mientras que las personas que están siendo deportadas deben abandonar el país dentro de 30 días, se le dará 60-120 días para obtener sus «asuntos en orden» y para hacer los arreglos de vida en su país de origen. El principal beneficio de una salida voluntaria es que no se le impedirá automáticamente regresar a los Estados Unidos en un momento posterior.

Algunos requisitos clave:

  • Han estado presentes en los EU por lo menos un año
  • Ha sido una persona de buen carácter moral durante los últimos cinco años
  • Retirar cualquier otra solicitud de exención, como la cancelación de la remoción
  • Admitir que las alegaciones del DHS con respecto a su retiro son verdaderas
  • Renuncia a su derecho a apelar la decisión del juez en su caso

Ciudadanía a través de la naturalización

Si usted ha estado viviendo en los EU como un ciudadano permanente legal o en una tarjeta verde y está listo para perseguir la obtención de la ciudadanía, podemos ayudarle a tomar este paso emocionante siguiente.

Calificaciones para la naturalización

  • Ha sido residente legal permanente por cinco años (o tres años para cónyuges de ciudadanos de los Estados Unidos)
  • 18 años de edad o más
  • Buen caracter moral
  • Puede hablar, leer y escribir en inglés
  • Aprobar una prueba sobre la historia y el gobierno de los Estados Unidos
  • Presente físicamente en los Estados Unidos por lo menos la mitad del tiempo requerido
  • Mantener residencia permanente legal permanentemente
  • Jura lealtad a los Estados Unidos mediante un juramento de lealtad

El proceso de naturalización puede ser complejo pero podemos ahorrarle valioso tiempo, esfuerzo y gastos en la preparación de su solicitud y asegurarnos de que esté libre de errores costosos.

Beneficios de la Ciudadanía

Una vez concedida la ciudadanía, usted tendrá derecho a votar, el derecho a puestos de trabajo del gobierno, el derecho a solicitar el estatus de residente para los miembros de la familia y la libertad de viajar con un pasaporte americano que proporciona entrada sin visado en muchos países.

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